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jueves, 15 de abril de 2010

Comienza la andadura de 'Creative Commons'

Lawrence Lessig


PROPIEDAD INTELECTUAL

Surge un modelo de difusión y licencia que reescribe el concepto de propiedad intelectual
ANTONIO CORDOBA
Especial para elmundo.es

BOSTON (EEUU).- ¿Es usted artista y desea darse a conocer difundiendo su trabajo por la Red de una forma que permita a otros emplearlo en sus obras, al tiempo que su nombre no deja de ser reconocido? ¿Necesita gráficos, fotografías, o música y quiere encontrar material de dominio público de una forma rápida y segura? ¿Le parece que la propiedad intelectual y el copyright son hoy conceptos demasiado rígidos que asfixian la creatividad y sólo favorecen a la industria de contenidos? Creative Commons, una organización sin ánimo de lucro que empezó a operar el pasado jueves, dice tener la solución.

La iniciativa se inspira claramente en la filosofia del software libre y es el resultado de un año de esfuerzos por parte de un grupo de especialistas estadounidenses en ciberderecho, entre ellos Lawrence Lessig, autor de El código y otras leyes del ciberespacio. La idea central de Creative Commons (cuya traducción vendría a ser "tierras comunales creativas") es ofrecer un modelo legal y una serie de aplicaciones informáticas que faciliten la distribución y uso de contenidos dentro del dominio público.

Conforme este proceso sea más habitual y generalizado, la circulación y transformación creativa de este tipo de obras redundarán, en principio, en beneficio de la sociedad.

Por ejemplo, un compositor podrá distribuir su música bajo una licencia que especifica los términos en que podrá copiarse y utilizarse. Así, su incorporación a la banda sonora de una parodia de Starwars o su modificación en una obra generada con un portátil puede que estén permitidos, mientras que un directo uso comercial no lo está.

En otras ocasiones, se puede "liberar" completamente la obra para que pase al dominio público sin límites de ningún tipo.

En la actualidad todas las creaciones intelectuales caen "por defecto" bajo la protección de las leyes de copyright, con la larga ristra de restricciones que eso implica. Quien quiera emplear una obra específica debe entrar en un complicado proceso de búsqueda del dueño de los derechos y obtener su permiso, lo que en muchas ocasiones implica el pago deroyalties. A causa de esto, muchos proyectos nunca llegan a materializarse.

Creative Commons proporciona un sistema que automatiza la búsqueda de contenidos "comunes". Al licenciar su obra, el creador establece condiciones generales que quedan incorporadas digitalmente a la obra, de manera que un motor de búsqueda puede identificarlas. El usuario con unas ciertas necesidades puede hallar una serie de obras que le permiten satisfacerlas y escoger la que más le convenga.

Aparte de establecer una base de datos que contenga las obras licenciadas de esta forma, se pretende también establecer un archivo a la disposición del público. En los próximos meses se empezarán a recibir los materiales que se ofrecerán a partir del otoño.

Reescribiendo la propiedad intelectual

El objetivo último de Creative Commons es modular y refinar el concepto de propiedad intelectual, y crear un espacio en el que creadores de todo el mundo colaboren productivamente "a ciegas" y con una mayor libertad que la que el modelo actual permite.

Recuerda Lawrence Lessig que el propósito de la propiedad intelectual no es otro que contribuir a la promoción de la ciencia y las artes útiles. Así se especifica en la primera ley estadounidense de 1790, en la cual el periodo de aplicación del copyright se limita a 14 años. Por una parte se le daba un incentivo a los creadores, aseguréndoles un cierto tiempo de explotación comercial exclusiva y controlada de su trabajo; por otra, la sociedad podía beneficiarse en un plazo breve de las reelaboraciones de este trabajo.

En la actualidad, no obstante, en 1998 este periodo se extendió a 70 años después de la muerte del autor y a 95 años si se trata de una obra que pertenezca a una corporación. Las leyes de propiedad intelectual sirven hoy día, según muchos, para defender los intereses de las multinacionales y no de los propios autores. Por ejemplo, los músicos en realidad sólo perciben entre un 8 a un 15% del precio que pagan los mayoristas por un CD: el resto va a las discográficas. Con la llegada de la era de la (re)producción digital, los consumidores se han rebelado de distintas formas (una de ellas, el uso de las redes P2P), hay quien piensa que la propiedad intelectual debería ser abolida, por obsoleta, y la Industria responde imponiendo cánones, sacando productos que dañan los equipos si no se emplean como la industria desea, e incluso, como en el caso contra ReplayTV 4000, buscando que sea ilegal ver un programa saltándose los anuncios.

A fin de cuentas, esta perversión del concepto del copyright viene desde su origen. En las dos últimas décadas los historiadores han demostrado con claridad que la propiedad intelectual y el copyright no surgen como una afirmación de los derechos individuales de los creadores sobre sus obras. Se trata, por contra, del resultado de una campaña de la Industria del libro para asegurar sus privilegios de explotación comercial. La defensa del autor es puramente táctica.

Así, los juristas que en el s. XVIII elaboran o, más exactamente, inventan en Inglaterra unos derechos que los autores pueden vender sus editores por tiempo ilimitado, lo hacen tan sólo para apoyar el monopolio de los impresores de Londres en su lucha contra los del resto del país.

El público en general y los autores, pues, parecen tener mucho que ganar de una flexibilización de la propiedad intelectual. Con el modelo actual, por ejemplo, Shakespeare seguramente nunca hubiese escrito Otelo. Dado su febril ritmo creativo, era demasiado engorroso hacerse con los derechos de un cuento de un autor que llevaba 31 años muerto. Es de observar la proliferación de publicaciones, ediciones, adaptaciones que se suceden cuando cumple el plazo tras la muerte de un autor importante, para beneficio general. En cuanto a los autores, la posibilidad de refinar cómo se realiza la difusión de sus obras les abre posibilidades nuevas. Una de tantas es que los músicos podrán atraer público a sus conciertos distribuyendo libremente su música por la Red, manteniendo el control del que tanto hablaba Metallica lejos de una Industria cada vez más concentrada en unas pocas manos. Se facilitará, de una vez, la conexión entre creadores y consumidores, entre creadores entre sí y consumidores convertidos en creadores. Y es que, por ponernos líricos, es posible imaginar ya que un hermoso florecimiento nos aguarda en las "tierras comunales creativas".

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jueves, 10 de diciembre de 2009

"Estamos presenciando la muerte de todo un sistema político y productivo" -


Entrevista a Javier de la Cueva
Comunes
10 de diciembre de 2009,
El País

El abogado Javier de la Cueva sostiene que el actual texto del anteproyecto de ley de economía sostenible permitiría el cierre de Google en España - "Estamos asistiendo a la muerte de todo un sistema político y productivo"

Las demandas contra el canon, las defensas de Pablo Soto, creador del programa Manolito P2P, Sharemula y del bar LaDinamo, que terminó en la primera sentencia mundial favorable al copyleft, entre otras, han pasado por sus manos. Javier de la Cueva es abogado, especializado en Internet y propiedad intelectual. Todo empezó cuando las gestoras de derechos y los fabricantes de aparatos electrónicos pactaron gravar con un canon "el papel del siglo XXI": los soportes de almacenamiento digital, como los CD.

Pregunta. ¿Qué plantea la reforma del Gobierno?

Respuesta. Aparentemente, la defensa de la propiedad intelectual, pero esto es mentira, porque un enlace no la vulnera, así que, con esta excusa, se promueve la creación de un órgano administrativo del Ministerio de Cultura que puede cerrar una web y decidir cuándo y en qué condiciones se puede recurrir dicha decisión ante un juez.

P. Por enlazar mi blog con el sitio donde se puede ver mi serie favorita, ¿me cortarán la Red?

R. En principio dependerá de si el blog tiene o no anuncios, pero tampoco es definitivo. Si por lucro entendemos lo que la industria propone (cualquier utilidad), cabe que aleguen que la mera publicidad personal supone tal ánimo. Peores alegaciones he visto en escritos al juzgado en casos de webs de enlaces.

P. ¿Podría suponer el cierre de Google y de otros medios?

R. Así es. El anteproyecto, de llegar a ley, permitiría el cierre de las páginas que enlazan a sitios de descargas. Pero ¿a cuántos clics de distancia? Facilita tanto las descargas la web de enlaces a archivos P2P como cualquier sitio que enlace a ésta. Como la referencia del anteproyecto es a la propiedad intelectual en general, la mera publicación de una foto o una cita sin permiso de su autor permite el cierre de una web.

P. ¿Qué es un enlace?

R. Una información que señala a otra información diferente y de la que sirve como índice. Por ejemplo, son enlaces la parrilla de televisión o la cartelera que leemos en un periódico, las fichas de libros en una biblioteca pública, el catálogo de libros de bolsillo en una librería... Un enlace no vulnera la propiedad intelectual porque ni copia, ni distribuye, ni difunde ni transforma la obra. Hace esto sin permiso del autor son las infracciones de propiedad intelectual, actividades que nunca se dan con el enlace.

P. ¿Qué diferencia hay entre el buscador y una web de enlaces?

R. Un buscador es un generador de páginas de enlaces. Todo buscador web tiene dos partes diferenciadas: un formulario para introducción de datos por parte del usuario y un resultado, en forma de web de enlaces.

P. Que una comisión de Cultura, sin intervención del juez, decida si la página es cerrada, ¿qué leyes vulnera?

R. La separación de poderes, algo por lo que el poder ejecutivo ha sentido fascinación histórica. Ya no es qué ley viola, sino qué espíritu se implanta como modelo legislativo, y no es otro que el de regímenes autoritarios. Este anteproyecto no es más que otro grano de arena en un mundo con un grave déficit democrático. Un sistema autoritario viola no una, sino muchas leyes.

P. ¿Cómo se debe proteger la propiedad intelectual en la Red?

R. Hay que diferenciar dos cuestiones: si existe una ley para protegerla y si es eficaz. Si bien existe una ley, ésta es eficaz para un mundo atómico, pero no en el de los bits. Dudo que se logre una ley eficaz sin intervención de las comunicaciones, puesto que Internet es una copiadora de tamaño global y pretender que eso se pueda parar sin intervenir las comunicaciones es de ingenuos. Estamos presenciando la muerte de todo un sistema político y productivo, hallándose políticos y productoras de obras unidos por los mismos intereses, que son los de retrasar la muerte del sistema hasta que se hallen posicionados en el nuevo.

P. ¿Qué está fallando?

R. Nada. Hay un grupo de interés económico que genera datos falsos. Hay unos gobiernos que usan dichos datos para justificar las peticiones del lobby de la industria y a su vez ocultan o manipulan los datos en su poder. Y hay una ciudadanía cabreada a la que primero le han quitado el pan, ahora le están quitando el circo y piensa que todo es una estafa sostenida por los medios de comunicación oligopólicos.

P. ¿Quién es responsable de la descarga de contenidos?

R. Entre otros, Leibniz, que inventó el código binario y abrió la espita de lo que está ocurriendo ahora; Shannon, que nos enseñó a medir la información; Sony, que con el walkman nos acostumbró a ser portadores de música; las empresas de telecomunicaciones; los fabricantes de hardware; las productoras, que sabiendo que sus obras van a ser descargadas, siguen produciéndolas, y los usuarios, que usamos la tecnología que nos brinda nuestra era vital.

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domingo, 26 de julio de 2009

Indígenas sudamericanos buscan patentar los conocimientos ancestrales


Por Argenpress -
Organizaciones sociales de Perú, Ecuador, Colombia y Bolivia plantearán a sus gobiernos que los conocimientos ancestrales sean patentados para su protección ante el posible saqueo extranjero de este patrimonio cultural mediante acuerdos como el Tratado de Libre Comercio (TLC).

Con ese objetivo, las organizaciones se reunirán en la casa de retiro de Vinto en Cochabamba en el "Encuentro Regional de los Pueblos Indígenas Originarios, Campesinos y Comunidades Interculturales", que considerará la propiedad intelectual y conocimientos tradicionales, a realizarse del 24 al 26 de julio.

A esta reunión asistirán autoridades del gobierno boliviano, como el canciller David Choquehuanca, además de representantes de la Unión Europea y del Fondo Indígena.

Se prevé crear el Observatorio de Propiedad Intelectual y Conocimientos Tradicionales que alcance a países de la Comunidad Andina (CAN), para que la "patentación" sea regional y no sólo de países.

El evento internacional es organizado por la Coordinadora de Organizaciones Indígenas, Campesinas y Comunidades Interculturales de Bolivia (Coincabol), instancia técnica del Pacto de Unidad integrada por la Confederación Sindical Unica de Trabajadores Campesinos de Bolivia (Csutcb).

Las organizaciones sudamericanas que participarán son la Confederación de los Pueblos de Nacionalidad Quichua del Ecuador (Ecuarunari), la Organización Nacional Indígena de Colombia (ONIC) y la Coordinadora Andina de Organizaciones Indígena (CAOI).

El coordinador de la Coincabol, Freddy Condo, señaló que existen grandes empresas transnacionales de países desarrollados como Europa que intentan patentar el germoplasma andino (material que se conserva como semillas, cultivo de tejido o plantas establecidas en colecciones de campo) para hacerlo parecer como si fuera suyo.

En el caso de la medicina tradicional, las corporaciones pretenden adueñarse de las pócimas, cuando en realidad esos conocimientos son parte de los usos, costumbres y cultura de los pueblos indígenas de Perú, Colombia, Ecuador y Bolivia.

En el encuentro también se pronunciarán contra la decisión que tomaron los gobiernos de Perú, Colombia y Ecuador de negociar bilateralmente con la Unión Europea un TLC.

Jueves 23 de julio de 2009

www.argenpress.info/2009/07/indigenas-sudamericanos-buscan-patentar.html

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